Contratos menores: qué son, cuál es el límite y dónde consultar los que se adjudican
Qué es un contrato menor, cuál es el límite de 40.000 y 15.000 euros que fija la Ley 9/2017 y dónde descargar los contratos menores adjudicados en España.
Por David Carrero ·
Un contrato menor es un contrato público de poco importe que la administración puede adjudicar directamente a una empresa, sin abrir un procedimiento de licitación. La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), fija el límite en su artículo 118: son menores los contratos de obras con un valor estimado inferior a 40.000 euros y los de suministro o servicios inferiores a 15.000 euros. Esas cifras son sin IVA, porque el valor estimado se calcula sin impuesto. Los menores adjudicados se publican, y en este artículo te contamos dónde encontrarlos.
Qué dice la ley
El artículo 118 de la LCSP es corto y conviene leerlo entero en el texto consolidado del BOE. Lo esencial:
- Límites: valor estimado inferior a 40.000 euros en obras e inferior a 15.000 euros en suministros y servicios. La ley salva lo previsto en el artículo 229 para la contratación centralizada estatal.
- Expediente mínimo: un informe del órgano de contratación que justifique la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto para esquivar esos umbrales, la aprobación del gasto y la factura. En obras se añade el presupuesto y, si hace falta, el proyecto.
- Duración: según el artículo 29.8, un contrato menor no puede durar más de un año ni prorrogarse.
- Adjudicación directa: el artículo 131.3 permite adjudicarlos directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y la habilitación profesional necesaria.
Los umbrales no han cambiado desde que la ley entró en vigor el 9 de marzo de 2018. Lo que sí cambió fue el resto del artículo: la redacción original exigía comprobar que el contratista no había firmado otros contratos menores que, juntos, superasen esas cifras. El Real Decreto-ley 3/2020 eliminó esa regla, que en su exposición de motivos reconoce que planteaba «graves problemas técnicos», y dejó el informe justificativo que hay hoy.
Una excepción: la investigación
La disposición adicional quincuagésima cuarta amplía el límite para los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (universidades públicas, organismos públicos de investigación, fundaciones de investigación biomédica, centros del Sistema Nacional de Salud y otros). Para ellos son menores los contratos de suministro o servicios de valor estimado inferior o igual a 50.000 euros, siempre que no se destinen a servicios generales y de infraestructura. Si analizas datos de una universidad y ves menores de servicios por encima de 15.000 euros, probablemente sea esto.
Por qué interesan tanto
Por número, los contratos menores son una parte enorme de la contratación pública. Por importe, cada uno es pequeño, pero sumados dan mucho de sí, y como no hay concurrencia obligatoria es donde más fácil resulta que el dinero acabe siempre en las mismas manos.
La ley lo tiene presente. El artículo 99.2 prohíbe fraccionar un contrato para rebajar su cuantía y eludir la publicidad o el procedimiento que le correspondería. Es decir, partir una obra de 80.000 euros en tres menores de algo menos de 40.000 no está permitido, y el informe del artículo 118.2 existe precisamente para justificar que no se está haciendo.
Con los datos abiertos puedes buscar patrones que merece la pena mirar de cerca:
- Varios menores del mismo órgano al mismo adjudicatario, con objetos parecidos y fechas próximas, cada uno justo por debajo del umbral.
- Adjudicatarios que concentran una proporción alta de los menores de un organismo año tras año.
- Importes que se repiten a pocos euros del límite.
Ninguna de estas señales prueba nada por sí sola. Hay servicios recurrentes que se contratan legalmente como menores y proveedores que son los únicos de una zona. Sirven para decidir qué expedientes pedir o revisar, no para sacar conclusiones.
Qué se publica de cada contrato menor
El artículo 63.4 obliga a publicar los menores en el perfil de contratante al menos cada trimestre, con su objeto, duración, importe de adjudicación con IVA e identidad del adjudicatario, ordenados por adjudicatario. Quedan fuera los de valor estimado inferior a 5.000 euros que se pagan por anticipo de caja fija u otro sistema similar para pagos menores, así que esos no los vas a encontrar en ninguna fuente.
Ojo con un detalle al comparar cifras: el umbral se mide sin IVA, pero la ley pide publicar el importe de adjudicación con IVA. En los datos de la Plataforma tienes ambos campos, y conviene no mezclarlos.
Dónde consultar los contratos menores
Plataforma de Contratación del Sector Público
La fuente principal es el conjunto de datos de contratos menores de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP), que publica el Ministerio de Hacienda en su página de datos abiertos. Lo tienes descrito en la ficha /fuentes/placsp-menores/:
- Ficheros Atom en formato CODICE, la misma estructura que el feed de licitaciones, empaquetados en ZIP anuales desde 2018 y mensuales para el año en curso.
- Actualización diaria con los cambios del día anterior.
- Campos como el órgano de contratación, el objeto, el tipo de contrato, el importe sin IVA, el adjudicatario y el importe de adjudicación.
Para bajar un año completo:
# Contratos menores publicados en PLACSP durante 2025
curl -sLk -o menores_2025.zip \
"https://contrataciondelsectorpublico.gob.es/sindicacion/sindicacion_1143/contratosMenoresPerfilesContratantes_2025.zip"
Todos los años están enlazados en Descargas. Si nunca has trabajado con estos ficheros, en cómo descargar los datos de la Plataforma de Contratación explicamos cómo se encadenan los Atom dentro de cada ZIP.
Este conjunto recoge los menores de los órganos que tienen su perfil de contratante alojado en la Plataforma, lo que incluye la Administración General del Estado y muchos ayuntamientos. Las comunidades que tienen plataforma propia y la agregan a PLACSP no aparecen aquí con sus menores: el propio fichero de plataformas agregadas se llama PlataformasAgregadasSinMenores. Para esas comunidades hay que ir a su portal.
Junta de Andalucía
La Junta publica los contratos menores de su administración en su portal de datos abiertos. Lo resumimos en /fuentes/anda/: un conjunto por año desde 2018, en CSV con el carácter | como separador y en JSON, con licencia CC BY 4.0. Al leerlos con pandas o con una hoja de cálculo indica el separador a mano, porque si no se interpreta todo como una sola columna.
Generalitat de Catalunya
El conjunto de contratación pública del portal de transparencia catalán (/fuentes/cat/) no está limitado a los menores, pero los incluye y además son la mayoría de los registros. Se distinguen por el campo procediment, con el valor Contracte menor. Con la API Socrata puedes filtrarlos directamente:
# Los 100 primeros contratos menores del conjunto catalán
curl -s -G "https://analisi.transparenciacatalunya.cat/resource/ybgg-dgi6.json" \
--data-urlencode "\$where=procediment='Contracte menor'" \
--data-urlencode "\$limit=100"
Otras comunidades
El resto de fichas autonómicas del catálogo (Fuentes de datos) recogen la contratación de cada comunidad, pero no todas separan los menores ni los publican con el mismo detalle. Revisa los campos de cada conjunto antes de dar por hecho que están ahí.
Si no quieres programar
Algunos de los portales que recogemos en Portales ya han cargado los contratos menores de la Plataforma y permiten buscar por órgano o por adjudicatario desde el navegador. Para un análisis serio conviene volver luego al dato original, pero para una primera consulta van bien.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el límite de un contrato menor en 2026? El mismo que desde 2018: valor estimado inferior a 40.000 euros en obras e inferior a 15.000 euros en suministros y servicios, sin IVA, según el artículo 118 de la Ley 9/2017. Los agentes públicos de investigación pueden llegar a 50.000 euros en suministros y servicios.
¿El límite incluye el IVA? No. Se aplica al valor estimado, que se calcula sin IVA. En cambio, el importe que se publica en el perfil de contratante es el de adjudicación con IVA incluido.
¿Se puede encadenar varios contratos menores con la misma empresa? La ley ya no lo prohíbe de forma automática desde el Real Decreto-ley 3/2020, pero sí prohíbe fraccionar un contrato para eludir los umbrales (artículo 99.2). Cada menor debe justificar que no se está alterando su objeto con ese fin.
¿Están todos los contratos menores en la Plataforma de Contratación? No. Están los de los órganos con perfil alojado en la Plataforma. Las comunidades con plataforma propia publican los suyos allí, y los menores de menos de 5.000 euros pagados por caja fija no se publican.
¿Desde cuándo hay datos? El conjunto de la Plataforma empieza en 2018, el año en que entró en vigor la LCSP, y se actualiza a diario.